No habrá plebiscito vs Constellation Brands; Consejeros lo consideran intrascendente

El domingo será la sesión de comisiones, pero el lunes realizarán la votación en el Consejo General.
Jorge Heras / Lindero Norte
Mexicali.- Los consejeros electorales del IEE consideraron que el plebiscito que promovió un grupo de activistas de Mexicali con el respaldo de 17 mil ciudadanos no es trascendente para la vida pública de la entidad, por lo que los bajacalifornianos no votarán el 2 de julio si están a favor o en contra de los permisos ambientales que el Gobierno del Estado le otorgó a la empresa cevecera Constellation Brands para la instalacion de su planta en el Valle de Mexicali.

Tras una semana de disensos, los seis consejeros que participan en la decisión y votación del plebiscito(el Consejero Daniel García Garcia se excusó de formar parte del tema porque su hermana es una de las promoventes) acordaron inclinarse por la resolución administrativa que emitió el Poder Ejecutivo de Baja California, quien consideró que el acto reclamado no es objeto de una consulta de este tipo.

Fuentes oficiales al interior del Instituto Estatal Electoral dijeron a Lindero Norte que la votación de los dictamenes de trascendencia y procedencia serán en contra de la petición del plebiscito que hicieron los ciudadanos.

La primera sesión se llevará a cabo al mediodia del domingo 3 de marzo, cuando la Comisión de Participacion Ciudadana y Educacion Cívica vote el dictamen de intrascendencia del plebiscito.

El lunes se aprobará en el seno del Consejo Electoral, en donde se prevé manifestaciones en contra y a favor de la consulta por parte de los representantes de los partidos políticos.

La negativa a realizar el plebiscito es por unanimidad, pues todos los consejeros coincidieron en que había razones de improcedencia en la solicitud del plebiscito; sin embargo, dos consejeros se habian manifestado al interior del IEE por aprobar la trascendencia. Se desconoce si al final van a recular.

En el documento aprobado por los consejeros de la Comisión de Participacion Ciudadana y Educación Cívica sobre el expediente IEE/CG/PLB/11-10-2018, sostiene que “la resolución administrativa en materia de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Protección al Ambiente del Estado “fue una autorización condicionada ortorgada a BC tenedora Inmobiliaria S, de R. L. de C. V. por cumplir con la normatividad ambiental aplicable y las leyes administrativas correspondientes”.

La empresa Constellation Brands, el Consejo Coordinador Empresarial y hasta ex rectores de la UABC y Cetys se habían pronunciado en la misma línea que el Gobierno del Estado por la inviabilidad jurídica porque en la legislación electoral no contempla que se pueda llevar a cabo un plebiscito por las razones que se estaba promoviendo.

De acuerdoal articulo 47 de la Ley de Participación Ciudadana son causas de intrascendencia e improcedencia:
I.- El acto o norma no sean trascendente para la vida pública;

II.- El acto o norma no sean objeto de plebiscito o referéndum;

III.- El escrito de solicitud se haya presentado en forma extemporánea;

IV.- La promoción realizada por ciudadanos, no cuente con firmas de apoyo auténticas; los ciudadanos firmantes no aparezcan incluidos en la Lista Nominal, o el porcentaje sea menor al requerido por esta Ley; los datos del escrito no concuerden con los

datos registrados en el Padrón; El acto objeto del plebiscito se haya consumado y no puedan restituirse las cosas a la situación que guardaban con anterioridad;

Tanto para la sesión de comisión del domingo como la del Consejo General del lunes, personal del Instituto Estatal Electoral pondrán un fuerte dispositivo de seguridad con policias antimotines de la PEP y ministeriales.

 

Leer https://linderonorte.com/2019/03/02/no-habra-plebiscito-vs-constellation-brands-consejeros-lo-consideran-intrascendente/

Publicaciones Similares