Catorce preguntas para la Ley General de Aguas
4º Artículo Constitucional:
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo
personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el
acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos estableciendo la
participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la
participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
3er Transitorio. El Congreso de la Unión contará con un plazo de 360 días para emitir una Ley
General de Aguas
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Catorce preguntas frente la próxima Ley General de Aguas mar 2015