Derecho humano al agua y saneamiento

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El derecho humano al agua potable y al saneamiento se encuentra consagrado en el párrafo sexto del artículo 4º Constitucional, que indica:

“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.”

Vinculo: http://appweb.cndh.org.mx/DerechoAgua/secciones.asp

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