Nuestros Principios
Nuestra Propuesta
Universales, se aplican a todos los seres humanos sin importar edad, género, raza, religión, ideas, nacionalidad. Irreversibles y progresivos, no excluye ni desestima la vigencia de Derechos antes consagrados, y deben de ir siempre progresando. Indivisibles, no puede hablarse de división de los Derechos Humanos, todos deben ser respetados y garantizados por autoridades y gobernantes. No negociables, los Derechos Humanos son bienes pertenecientes, de manera absoluta, a cada ser humano, por ello ninguna autoridad puede negociarlos. Inviolables, esto quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto a los Derechos Humanos; las leyes dictadas no pueden ser contrarias a éstos y las políticas económicas y sociales que se implementan tampoco. Obligatorios, los Derechos Humanos imponen una obligación concreta a las personas y al Estado de respetarlos aunque no haya una ley que así lo diga. Trascienden las fronteras nacionales, la comunidad internacional puede y debe intervenir cuando considere que un Estado está violando los Derechos Humanos de su población. Interdependientes, complementarios y no jerarquizables, los Derechos Humanos están relacionados entre sí. Es decir, no se debe hacer ninguna separación ni pensar que unos son más importantes que otros. El disfrute de algún derecho no puede hacerse a costa de los demás.
Derecho humano al agua y saneamiento

“El 28 de julio de 2010, a través de la Resolución 64/292, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, reafirmando que el acceso al agua potable limpia y el saneamiento digno son esenciales para la realización de todos los derechos humanos. La Resolución exhorta a los Estados y organizaciones internacionales a proporcionar recursos financieros, a propiciar la capacitación y la transferencia de tecnología para ayudar a los países, en particular a los países en vías de desarrollo, a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento suficiente, saludable, aceptable, accesible y asequible para todos.”

En la Constitución Mexicana “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consume personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.”
Todos los Derechos Reservados | Agua Para Todos 2013
Los Derechos Humanos son:
Salud
Derechos
Saneamiento Derecho al Agua y