¿Es verdad que la Ley de Conagua sea privatizante?

¿Es verdad que la Ley de Conagua sea privatizante?
Sí, por cuatro vías:
1. Las concesiones a aguas nacionales serían objeto de libre compra-venta.
2. Se promovería el concesionamiento de grandes obras hidráulicas.
3. Se permitiría el concesionamiento de trasvases a empresas privadas, junto con el concesionamiento de las aguas trasvasadas.
4. Se obligaría a las autoridades municipales y estatales a promover la privatización parcial o total de los servicios vía las figuras del contrato, la concesión o la asociación público-privado.
¿Cómo nos afectaría?
Por qué la toma de decisiones sobre agua y energía sería cada vez más en torno de la búsqueda de ganancias por parte de «intereses» externos, y cada vez menos en torno al «acceso equitativo y sustentable…»con la participación de la ciudadanía» que exige la Constitución. Las recientes reformas en materia de energéticos y la propuesta Korenfeld conjuntamente buscan proveer agua vía megaobras intensivos en energéticos (trasvases, pozos ultraprofundos, desalinizadores, megaplantas de tratamiento aerobio), y proveer energía vía métodos intensivos en agua (presas hidroeléctricas, plantas termoeléctrica–incluyendo geotermia y termonuclear–y fracking). En vez de un modelo de gestión participativa de cuencas como propone la Iniciativa Ciudadana, nos encontraríamos en un círculo vicioso tan destructivo como es lucrativo.
¿Por qué les URGE la ley Korenfeld? 
Los inversionistas en agua y energía necesitan garantías gubernamentales por escrito antes de firmar sus contratos o concesiones, de que vayan a poder recuperar sus inversiones. El «Sistema de Colaboración para el Establecimiento de Tarifas de Servicios Públicos de Agua» de la Ley Korenfeld amarra la tarifa cobrada al usuario final a la recuperación de las inversiones, costos y utilidades (y fondos de riesgo y expansión) de los inversionistas, fuera del alance de presiones sociales o políticas.  Este mecanismo legal permitirá a los inversionistas demandar al gobierno de México en el CIADI (Centro Internacional para el Arreglo de Disputas relacionadas con Inversiones) por «utilidades futuras perdidas» en caso de que haya cualquier cambio en la legislación o el gobierno que les afectarían. Así es como la empresa Bechtel demandó al gobierno de Bolivia por US$50 millones sin haber invertido más de US$1 millón en el sistema, el cual operó solo algunas semanas antes de que irrumpieran huelgas generales debido a las altas tarifas cobradas.  (Nota: No existe ningún tribunal internacional en donde un gobierno puede ir para demandar una empresa transnacional por violación de los términos de su contrato o concesión, o por violación de derechos humanos.)

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