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LISTA DE ACUERDOS DEL PRIMER CONGRESO DE PUEBLOS, BARRIOS ORIGINARIOS Y COLONIAS DE XOCHIMILCO.

MESA I. CONSULTA, ORGANIZACIÓN Y ELECCIÓN DE LAS AUTORIDADES TRADICIONALES (COORDINADORES TERRITORIALES)

 

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  1. ACUERDOS sobre la convocatoria para elegir a autoridades tradicionales (coordinadores territoriales)

PRIMERO. Los pueblos, barrios y colonias harán una convocatoria propia para elegir a las autoridades tradicionales (coordinaciones territoriales), de manera independiente a la que realiza la delegación Xochimilco.

SEGUNDO. Se exigirá a la delegación Xochimilco que detenga su convocatoria para iniciar el proceso de elección de coordinadores territoriales, así como el respeto a la convocatoria surgida de este Congreso.

  1. ACUERDOS sobre la organización del proceso de selección o nombramiento de las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales).

 

PRIMERO. En cada pueblo existirá un Comité Organizador Independiente, encargado de organizar el proceso de elección de sus propios representantes.

SEGUNDO. Cada pueblo determinará en las bases de su convocatoria, si desean contar con un representante o un grupo de representantes, para formar parte de la autoridad tradicional (coordinación territorial).

  1. ACUERDOS sobre el perfil de las personas que ocuparán un cargo como autoridad tradicional (coordinador territorial)

PRIMERO. Los candidatos que deseen ser autoridades tradicionales (coordinadores territoriales) no pueden pertenecer a ningún partido político.

SEGUNDO. Quienes deseen ocupar un cargo como autoridad tradicional (coordinador territorial) deberán contar con solvencia moral, con principios, con trabajo en la comunidad, y deberán conocer las problemáticas que aquejan a nuestros pueblos.

 

MESA 2. FUNCIONES DE LOS COORDINADORES TERRITORIALES, ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE LOS PUEBLOS Y DEFENSA DEL TERRITORIO.

  1. ACUERDOS, sobre las funciones de las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales), organización de los pueblos, y defensa del territorio.

PRIMERO. Las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales) deberán asumir como propia la defensa de los bienes comunes, la defensa del carácter de pueblo originario de nuestras comunidades, así como la lucha contra el despojo.

SEGUNDO. Las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales) estarán obligados a rendir cuenta de sus actividades periódicamente, en los tiempos que decidan las asambleas de los pueblos.

TERCERO. Las autoridades tradicionales estarán obligados a llamar a asamblea cada vez que exista una situación que pueda afectar los intereses de las comunidades.

CUARTO. Las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales) estarán sujetas a la revocación de mandato, si la asamblea de cada pueblo, barrio o colonia así lo decide.

QUINTO. Las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales) no podrán tener vínculos políticos con el delegado en turno, ni formarán parte de la estructura delegacional.

SEXTO. Las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales) junto con las comunidades, deberán iniciar procesos de planeación que permitan marcar prioridades de trabajo por cada pueblo, barrio y colonia.  En el mismo sentido, las autoridades tradicionales deberán contar con planes de reactivación de la economía local, para tratarlos de la mano con los habitantes de las distintas comunidades.

SÉPTIMO. Las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales) serán un órgano de gobierno que vaya más allá de la simple gestoría de las necesidades de las comunidades, para lo cual, quienes deseen ocupar estos cargos, deberán contar con conocimientos generales, sobre el agua, el territorio y los recursos de su comunidad a fin de plantear a las asambleas estrategias resolutivas de cada problemática.

OCTAVO. Las asambleas serán el órgano máximo de decisión en cada pueblo, barrio o colonia de Xochimilco, en consecuencia, las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales) serán voceros de las resoluciones de las asambleas de cada comunidad.

NOVENO. Cada pueblo, barrio o colonia podrá decidir sobre las funciones, facultades y obligaciones específicas de sus autoridades tradicionales (coordinadores territoriales), pero deberán tomar en cuenta lo establecido en los presentes acuerdos.

ACUERDOS GENERALES.

PRIMERO. Todos los acuerdos del Congreso serán entregados de manera directa a la delegación Xochimilco.

SEGUNDO. Se crearon las siguientes comisiones para darle seguimiento a los acuerdos tomados en el Congreso:

  1. Comisión de redacción.
  2. Comisión de difusión.
  3. Comisión de organización del Segundo Congreso.
  4. Comisión de Estudio.
  5. Comisión Jurídica.

TERCERO. Los puntos sobre los que no existió consenso, tales como las remuneraciones de las autoridades tradicionales (coordinadores territoriales), la relación de los pueblos y sus autoridades con los representantes de la delegación Xochimilco y el gobierno central, entre otros, serán sometidos a revisión a la Comisión de Estudio que presentará propuestas y aportará mayores elementos para tomar una decisión informada en una segunda edición del Congreso de los Pueblos Xochimilcas.

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